Haz la reserva de un turno online para realizar todo tipo de trámites en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales y en la Dirección Provincial de Fundaciones y Asociaciones.
Transformación: hay transformación cuando una sociedad adopta otra forma de los tipos previstos. Nos se disuelva la sociedad ni se alteran sus derechos no obligaciones – art. 77 ley nº 19550
Hay Fusión cuando dos o más sociedades se disuelven sin liquidarse, para constituir una nueva; o cuando una ya existente incorpora a una u otras que, sin liquidarse, son disueltas – art. 82 de la ley nº 19550.
– La transcripción del compromiso previo de fusión
– La transcripción de las actas de asamblea, con sus registros de asistencia, o reuniones de socios en su caso, de donde resultaron las resoluciones sociales aprobatorias de dicho compromiso, de los balances especiales de cada sociedad participante y del aumento de capital y reformas al contrato u estatuto de la sociedad incorporante
– En caso de constitución de nueva sociedad, el texto del contrato o estatuto de la misma y los nombres y demás datos personales previstos en el art. 11 inciso 1 de la ley nº 19550 de los socios y miembros de los órganos de administradores y de fiscalización si los hubiere
– La mención expresa de los socios recedentes y capitales que representen o, en su defecto, manifestación de no haberse ejercido derecho de receso
– Nómina de los acreedores oponentes con el monto de sus créditos o, en su defecto, manifestación de no haber mediado oposiciones
– Detalle de los bienes registrables que se transferirán a la sociedad incorporada
– En el supuesto de no existir en esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales del Registro Público algunas de las sociedades participantes, se acompañará copia certificada y legalizada de su acto constitutivo y modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio de la jurisdicción que corresponde
– Balance especial de fusión de cada una de las sociedades, con informe de auditoría
– Balance consolidado de fusión adjuntando cuadro comparativo que indicará las eliminaciones y variaciones que se produzcan como consecuencia de la fusión
– Indicación de los libros individualizados y rubricados y folios donde se hallare transcripto el balance consolidado
– En caso de existir saldos deudores de socios con incidencia sobre las cuentas de integración, informe sobre su cancelación y registración, salvo reducción de capital en los importes correspondientes
– Inventario de bienes registrables
– Informe sobre la incidencia en el balance consolidado de fusión de los efectos de receso y oposiciones
– Justificación de la relación de cambio entre acciones, cuotas o particiones sociales contenida en el compromiso previo a la fusión, con informe de contador público. No será necesario si la resolución social aprobatoria del compromiso previo de fusión contó con el voto favorable de todos los socios